Los extranjeros que hayan obtenido un título de educación superior en los dos años anteriores a la fecha de solicitud o que estén realizando estudios que conducen a la
obtención de un título de educación superior en España o en el extranjero, podrán solicitar la autorización de residencia para prácticas mediante la firma de un convenio de
prácticas o contrato de trabajo en prácticas relacionados, en ambos casos, con los estudios realizados.
La autorización de residencia para prácticas será solicitada por la entidad de acogida mediante medios electrónicos y tendrá validez en todo el territorio nacional.
La solicitud tiene un plazo de resolución de 30 días, transcurridos los cuales se entenderá estimada por silencio administrativo.
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